RESOLUCIÓN SSN 184/2024.- La SSN sigue firme en su camino hacia la desburocratización y simplificación de procesos, para mejorar la supervisión, reducir la carga operativa a las aseguradoras y compañías de reaseguros, y generar mayor transparencia a los asegurados. En este caso, por la presente norma, se modifican las pautas para la regulación sobre los libros digitales de la actividad aseguradora y reaseguradora. Al respecto, se reordenan los plazos para el copiado de libros digitales, estableciéndose como plazo máximo el día de la presentación a la SSN de los estados contables trimestrales a los que correspondan, salvo para aquellos libros digitales que cuenten con disposiciones en particular. Los cambios también alcanzan al Código Único de Identificación de Póliza (CUIP) y al Código Único de Identificación de Siniestros (CUIS). Recordemos que los mismos se implementaron en 2023, imponiendo como obligatoria de inclusión del CUIP en el Sistema Informativo de Emisión de Pólizas