Olé life es una aseguradora especializada en el área de seguros de vida, enfocada en ofrecer servicios de protección y bienestar que, a través de su tecnología e innovación brinda a sus clientes una experiencia fácil, rápida y flexible al momento de contratar su seguro.
Como parte de la evolución de Amedex, aseguradora internacional creada en 1986, la cual fue pionera en ofrecer los primeros productos internacionales de gastos médicos mayores y vida en América Latina y el Caribe, a partir del 1° de diciembre de 2021, cambió su nombre e imagen a Olé life para renovarse, mientras sigue ofreciendo la mejor protección con una experiencia única de servicio.
Olé cuenta con el registro y autorización en Puerto Rico cumpliendo con todos los requisitos establecidos por la Oficina del Comisionado de Seguros, excediendo los márgenes de solvencia y liquidez requeridos.
La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico, es miembro de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros de los Estados Unidos de América (NAIC por sus siglas en inglés) que es una organización integrada por todos los Reguladores de los Departamentos de Seguros, que incluye los 50 estados de los Estados Unidos de América, el Distrito de Columbia y 5 territorios americanos, en los que se incluye a Puerto Rico. La NAIC es quien proporciona experiencia, datos y análisis para que los comisionados de seguros regulen eficazmente la industria y protejan a los consumidores.
¿Qué ofrecemos?
En Olé life ofrecemos seguros de vida a través de nuestra plataforma digital. Su cobertura es por un periodo determinado de 10, 15, 20 o 30 años con pagos accesibles, sin ningún aumento durante todo el periodo seleccionado y con costos competitivos ¡sin exámenes médicos y pólizas de hasta 1 millón de dólares!
A través de la tecnología e innovación brindamos una experiencia fácil, rápida y flexible, así como la mejor protección disponible en el mercado.
La Cámara Civil y Comercial de Marcos Juárez confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. El tribunal concluyó que la parte actora no respetó la prioridad de paso y que no se acreditó que el demandado hubiera conducido de manera temeraria o a una velocidad excesiva. La decisión ratifica la importancia de respetar las normas de tránsito -en particular, la prioridad de paso- como un mecanismo esencial para la seguridad vial.El fallo, el recurso de apelación interpuesto por la actora, quien alegaba que el demandado circulaba a una velocidad excesiva, lo que le habría impedido percatarse de su presencia al momento de ingresar a la intersección. Sin embargo, la cámara concluyó que no existían pruebas suficientes para sostener tal afirmación, confirmando que el demandado gozaba de prioridad de paso en el cruce. El tribunal basó su decisión en un análisis detallado de las normas de tránsito vigentes, afirmando que “la prior...
Comentarios
Publicar un comentario