La firma “AMPETAR-ASOCIACIÓN MUTUAL RESGUARDO AMPARO VEHICULAR" con posible domicilio en Av. San Martín N°6551, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se encuentra autorizada por este Organismo para actuar como Productor Asesor de Seguros ni como Sociedad de Productores de Seguros, ello a los fines de dar protección a los eventuales asegurables que pudieran contratar su seguro.
La Cámara Civil y Comercial de Marcos Juárez confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. El tribunal concluyó que la parte actora no respetó la prioridad de paso y que no se acreditó que el demandado hubiera conducido de manera temeraria o a una velocidad excesiva. La decisión ratifica la importancia de respetar las normas de tránsito -en particular, la prioridad de paso- como un mecanismo esencial para la seguridad vial.El fallo, el recurso de apelación interpuesto por la actora, quien alegaba que el demandado circulaba a una velocidad excesiva, lo que le habría impedido percatarse de su presencia al momento de ingresar a la intersección. Sin embargo, la cámara concluyó que no existían pruebas suficientes para sostener tal afirmación, confirmando que el demandado gozaba de prioridad de paso en el cruce. El tribunal basó su decisión en un análisis detallado de las normas de tránsito vigentes, afirmando que “la prior...
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